miércoles, 20 de junio de 2007

Logo de la Asociación de Jueces de Pereira

La historia de la evolución del hombre le ha enseñado a que este mismo hombre busque los mecanismos de defensa, de derechos y de convivencia con los demás logrando conformar un sin numero de catálogos de conductas hoy denominados normas o leyes.
En el tema que nos ocupa, la Constitución política de Colombia en su preámbulo nos dice “en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, (…)”, le da a los particulares facultades para que estos sean investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley, y es así como ocho años después de promulgada nuestra Constitución se expide la Ley 497 de 1999, que le da vida jurídica a los jueces de Paz y de Reconsideración, reglamentándose su organización.

La importancia del tema radica básicamente en poder llegar al estudiante de derecho, como a los profesionales del mismo, entidades gubernamentales, civiles, religiosas entre otros, que tiene para la comunidad el poder dirimir los problemas comunitarios y tener acceso a los mecanismos alternativos de solución de conflictos.

Es de tener en cuanta que es en la Administración Municipal en cabeza del Doctor JUAN MANUEL ARANGO VELEZ, que dentro del programa denominado Plan de Desarrollo 2004 – 2007, que presento para su actual engranaje estratégico en su mandato esta en un primer plano los lineamientos enmarcados en una política de una Pereira Segura, donde la convivencia y la cultura ciudadana sean ejemplo para el resto del país y para lograrlo lo enfoca en tres pilares importante que son:
1. Vida Segura
2. Acceso a la Justicia
3. Cultura Ciudadana.

En este proyecto le daremos un vistazo a las diferentes normas, que regulan todo el tema de los mecanismos alternativos para la solución de conflictos llegando al tema que nos interesa como lo es los JUECES DE PAZ Y DE RECONSIDERACIÓN EN PEREIRA.

martes, 19 de junio de 2007

EL NUEVO CONCEPTO DE LA JUSTICIA COMUNITARIA

La justicia de Paz en Colombia es prácticamente nueva a la que la comunidad poco o nada le ha importado, sea por la ignorancia de su existencia o por la metodología que se ha utilizado para darla a conocer sin saber que esta figura exista en nuestro medio cultural.
La investigación sobre el tema la enfocaremos en el territorio del Municipio de Pereira básicamente. Tomaremos en cuenta para este proyecto un tiempo aproximado de junio de 2007 a diciembre de 2007. Tendremos en cuenta a todo el conglomerado de jueces de paz que fueron elegidos por votación popular 4 de diciembre del año 2005 y posesionados el 12 de diciembre del mismo año conformados por 19 comunas y 12 corregimientos, ante el Alcalde del Municipio que para esa fecha ostentaba[1] el poder administrativo Dr. Juan Manuel Arango Vélez, y certificados con la respectiva credencial que para tales fines expide el registrador del Estado Civil de la respectiva región.

Aplicación:
- Jueces de Paz y de Reconsideración.
- Funcionarios del Municipio de Pereira.
- Estudiantes de Derecho y de los Profesionales del Derecho actualmente.
- Justicia de Paz en la Jurisdicción especial.
[1] Diccionario de la Lengua Española, vigésima segunda edición, 2001- pág. 1638, Ostentar: II 2. Hacer gala de grandeza, lucimiento y boato.